Dicho reconocimiento (aprobación u homologación)
es provisional y estará condicionado
a que el desarrollo de la actividad se adecúe
a lo explicitado en el diseño previo,
según
se recoge en la Orden, de la Consejería
de Educación de Andalucía, de
16 de octubre de 2006 (BOJA n. º 217,
de 9 de noviembre) y en la Orden de 16 de diciembre
de 2008, por la que se modifica la anterior
(BOJA n. º 4, de 8 de enero de 2009)
Cursos
Homologables según normativa vigente Consulte
los Boletines Oficiales: